viernes, 8 de agosto de 2014

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN COLECTIVO:
EL FUTURO DE LA SEGURIDAD VIAL ESCOLAR EN COLOMBIA
ANDREA VARÓN
El espacio público
El espacio público es el campo comunitario, colectivo, donde los ciudadanos interactúan socialmente. Por ser una construcción social en la que prima el interés general sobre el particular, además de reconocerse como un derecho a partir de la Constitución Política de 1991, su protección es un deber social, en la medida en que satisface nuestras necesidades culturales, de recreación, de movilidad y de medio ambiente, entre otras.
Dentro del espacio público se reconocen elementos constitutivos naturales, construidos y complementarios. En el caso específico de la movilidad, hablamos de un conjunto de elementos construidos o artificiales cuyo objetivo es garantizar comodidad y seguridad a los peatones, a los pasajeros y a los conductores de distintos tipos de vehículos (públicos o particulares).
Son elementos construidos del espacio público los siguientes:
Vía: es un espacio abierto al público que permite el tránsito de personas, animales y vehículos.
Calzada: franja destinada para la circulación de vehículos.
Ciclorrutas: vías reservadas para el tránsito exclusivo de bicicletas, patinetas y otros medios alternativos de transporte.
Andenes y Alamedas: son espacios diseñados y dedicados a la circulación exclusiva de peatones.
Pasos peatonales: puentes o túneles construidos para separar los fl­ujos vehiculares de los peatonales en zonas que puedan ser riesgosas para quienes de movilizan a pie.
Si cada actor velara por ubicar su lugar correcto en la vía, se evitarían muchos accidentes de tránsito.
Existen además, elementos destinados a regular el tránsito de los diferentes actores que convergen en la vía. Estos elementos, conocidos también como Dispositivos
CAMILO SANTANA
Reguladores de Tránsito, se clasifican en semáforos y señales.
Semáforos
Son dispositivos electrónicos que regulan, permiten y/o prohíben la circulación de vehículos y personas. Se clasifican en tres categorías:
a. Semáforos vehiculares: utilizan un código de tres colores: rojo para detener el vehículo; amarillo para prevenir sobre el cambio; y verde para permitir la circulación.
b. Semáforos peatonales: utilizan un código de dos colores; rojo para detenerse y verde para cruzar. Se caracterizan además por incluir la silueta de un peatón en la acción que comunican.
c. Semáforos especiales: utilizan el color amarillo para informar a los conductores sobre posibles riesgos de la vía.

4-Señales
Son dispositivos comunicativos que regulan, previenen o guían a los usuarios de la vía. Se clasifican en dos categorías: verticales y horizontales.
Las señales verticales están agrupadas en:
a. Señales reglamentarias: Indican autorizaciones, limitaciones, prohibiciones y restricciones en la vía. Se identifican por su forma circular con fondo blanco y borde rojo.
b. Señales preventivas: advierten sobre la presencia de peligros en la vía. Se identifican por su forma de rombo regular, a 45° con borde negro sobre fondo amarillo.
c. Señales informativas: identifican  la vía y guían al usuario. Se identifican por su forma rectangular con marco azul sobre fondo blanco.
5-Las señales horizontales se clasifi­can de la siguiente manera:
a. Longitudinales: paralelas al sentido de circulación, de color amarillo o blanco. A saber: amarillas, blancas, segmentada, continua, mixta o combinada y doble continúa. Demarcación típica para una intersección
b. Tranversales: en el sentido que indica su nombre con respecto al sentido de circulación. Comúnmente se refieren a tres casos específicos: de pare, de zona peatonal y de estacionamiento.

JAVIER VIVAS

Actores de la vía
Los actores de la vía somos todos aquellos que hacemos uso de las vías para desplazarnos de un lugar a otro. La vía, al ser parte integrante del espacio público, representa un espacio de interacción en el que el logro de la concertación y la armonía entre todos los que convergen en ella es una de sus principales características.
Trátese de peatones, ciclistas, motociclistas, conductores, vehículos, patrullas escolares, pasajeros o agentes de tránsito, todas las personas tienen derecho al uso de las vías y tienen el deber de conocer cuáles son los comportamientos más adecuados para movilizarse por ellas de forma segura.
¿Quién es el peatón?
Peatón es la persona que transita a pie por la vía o por terrenos de uso público o particular. Es también quien lleva un coche de bebé, o impulsa cualquier tipo de vehículo de menor pequeño como una silla de ruedas, por ejemplo. De igual manera, son peatones las personas con algún tipo de limitación física, psíquica o sensorial para su movilidad.
Hábitos del buen peatón.
 1. Utilice siempre el andén: los andenes son el espacio de la vía pública destinado para la movilización de los peatones. Utilícelos con responsabilidad.
2. Observe con atención antes de cruzar: la distracción es la primera causa de accidentalidad en peatones. Esté siempre atento a la información que le brinda la vía y evite el uso de elementos tecnológicos como radios y teléfonos celulares mientras camina.
3. Sobrio en el camino: su percepción y coordinación se verán afectados bajos los efectos del alcohol. Evite desplazarse a pie si ha ingerido bebidas embriagantes o ha consumido drogas.
4. Utilice los puentes peatonales: los puentes peatonales se ubican por lo general sobre grandes avenidas. De esta manera se contribuye a la circulación ­fluida de vehículos y a la protección de la vida de los peatones.
5. Respete los semáforos: el semáforo peatonal es un dispositivo creado para dar seguridad al peatón. Espere que la luz verde le indique el momento correcto para cruzar.
6. Cruce por las cebras: las cebras son las franjas destinadas para el cruce seguro de peatones en las vías.  
7. Sea solidario con los peatones especiales: los niños, los adultos mayores y las personas con limitaciones físicas o mentales requieren más tiempo para desplazarse y la colaboración de

El peatón especial
Por sus características físicas o psicológicas, las siguientes personas deben movilizarse por la ciudad en compañía de mayores de 16 años. Esta recomendación se encuentra consignada en el artículo 59 del Código Nacional de Tránsito y Transporte.
• Las personas que padezcan de trastornos mentales permanentes o transitorios.
• Las personas que se encuentren bajo el influjo de alcohol, drogas alucinógenas y de medicamentos o sustancias que disminuyan sus refl­ejos.
• Los invidentes, los sordomudos, salvo que su capacitación o entrenamiento o la utilización de ayudas o aparatos ortopédicos los habiliten para cruzar las vías por sí mismos.
• Los menores de seis (6) años.
• Los adultos mayores

ANGIE PINTO
Previniendo accidentes
Los accidentes son situaciones, generalmente involuntarias y prevenibles, en las que dos o más actores viales ponen en riesgo su integridad y afectan la normal circulación de vehículos en un
Área determinada. Según las últimas estadísticas, los peatones ocupan el primer lugar en accidentes de tránsito, con cerca de 35% de los casos. Por tratarse del actor vial más vulnerable a la accidentalidad, es necesario insistir en la percepción de riesgo y en la importancia de asumir comportamientos seguros sobre la base de la autorregulación ciudadana.
En caso de presenciar un accidente, mantenga la calma, identifíquese y ofrezca ayuda. No intente mover a los heridos y comuníquese a la Línea de Emergencias 123.
9-Sanciones / Normatividad
Toda la información que rige el comportamiento de los diferentes actores en la vía se encuentra estipulada en la Ley 769 de 2002, conocida también como el Código Nacional del Tránsito Terrestre.
El artículo 55 se expresa sobre el comportamiento del conductor, pasajero o peatón así:
“Toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse
en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que le den las autoridades de tránsito”.En lo que concierne al peatón, hay que referirnos a los artículos del 56 al 59, que hablan sobre los deberes, derechos, responsabilidades, prohibiciones y limitaciones de este actor vial. Si se infringe lo establecido en el Código de Tránsito, recibirá sanciones pecuniarias de 1 SMDLV.
Los siguientes son casos en los que el peatón puede ser sancionado:
• Poner en riesgo su propia integridad física.
• Ubicarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido.
• Cruzar la calzada en lugares donde podría usar los pasos peatonales.
• Cruzar la calzada por sitios prohibidos o transitar sobre el guardavía del ferrocarril.
• Invadir la calzada o transitar en ésta en patines, patinetas o similares.
• Remolcarse de vehículos en movimiento.
• Subirse o bajarse de los vehículos cuando estén en movimiento.
• Ocupar la zona de seguridad y corredores el TM fuera de los lugares autorizados o
Habilitados para ello (el cruce debe hacerse sólo por puentes peatonales, pasos peatonales y bocacalles).

ALIS MARTINEZ

Acera o andén: franja longitudinal de la vía urbana, destinada exclusivamente a la circulación de peatones, ubicada a los costados de la vía.
Alameda: un andén ancho, con una zona central destinada especialmente para el tránsito de peatones, rodeado de zonas verdes y dotado de mobiliario urbano.
Autorregulación: actitud individual y colectiva que supone el acatamiento voluntario de las normas de tránsito y la toma de decisiones correctas para movilizarse por la ciudad.
Corresponsabilidad: es el ejercicio individual para asumir compromisos de interacción social fundada en el respeto y las responsabilidades sociales.
Cultura vial: conjunto de actitudes y costumbres de los actores viales que permiten un uso apropiado y positivo del espacio público.
Percepción de riesgo: es la expectativa de todas aquellas situaciones que puedan causarnos daños, y que son previsibles desde la aplicación de hábitos seguros en la vía.

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